Era un fallo que se esperaba desde hace años y ha llegado hoy. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado hoy que Google (y cualquier buscador) debe eliminar enlaces a contenido personal en su buscador cuando el usuario al que se refiera ese contenido así lo pida. Google es responsable de los enlaces al contenido en terceras páginas sobre los usuarios. Si estos le solicitan directamente su retirada, Google debe obedecer.
El caso que han perdido hoy Google y el resto de buscadores frente a la justicia europea se ha llamado hasta ahora el del «derecho al olvido» en Internet, es decir, el derecho que exigían muchos usuarios a «desaparecer» de Google si así lo pedían.
La batalla legal contra el buscador comenzó en el 2010, cuando el español Mario Costeja se quejó ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) porque Google indexaba a dos artículos que hablaban sobre sus deudas pasadas. Saldadas esas deudas, el hecho de que al googlear su nombre esos enlaces siguieran apareciendo en los primeros resultados, era considerado por el usuario como un serio perjuicio para su vida diaria.
El caso acabó llegando al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y hoy Google lo ha perdido. Aunque con matices. El Tribunal obliga a Google a aceptar las peticiones de los usuarios en este frente y a estudiarlas caso por caso. Los usuarios solo podrán pedir directamente a Google que retire ese contenido si el buscador enlaza a páginas de terceros que ellos consideren una vulneración de su privacidad o persona. El problema es que Google no tiene ahora mismo un proceso establecido para que cualquiera le pueda contactar para pedir retirada de enlaces, por lo que es probable que el Tribunal europeo se lo exija próximamente.
Google ha asegurado en un comunicado que se trata de un «fallo decepcionante para los buscadores y las páginas web en general«. Decepcionante o no, el derecho al olvido en Internet ya es una realidad legal que todos podemos exigir. [vía Comisión Europea]
